WEEE, REACH y RoHS

RAEE

Declaración de TSC sobre el cumplimiento de RAEE

TSC declara que sus productos y subcomponentes han sido diseñados y fabricados de acuerdo con la Directiva Europea sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (WEEE). TSC se esforzará por garantizar que los productos cumplan con las regulaciones.

Número WEEE: WEE / CG0116XU

Directiva WEEE (2002/96 / EC)

La RAEE se aplica a las empresas que fabrican, venden, distribuyen, reciclan o tratan equipos eléctricos y electrónicos y a los consumidores de la UE. Cubre todos los electrodomésticos grandes y pequeños, equipos de TI, equipos de radio y audio, herramientas eléctricas y equipos de telecomunicaciones. La Directiva tiene como objetivo reducir los residuos derivados de los equipos eléctricos y electrónicos y mejorar el comportamiento medioambiental de todos los implicados en el ciclo de vida de estos productos.

Todos nuestros productos de impresión entregados desde el 13 de agosto de 2005 están cubiertos por la directiva y, como tales, están marcados con el símbolo de “Papelera con ruedas tachada”. El símbolo se encuentra en la etiqueta de clasificación de nuestros productos. Como tales, los productos de impresión desechados no deben mezclarse con la basura doméstica general.

Los productos de impresión se pueden devolver a TSC en Alemania solicitando un número CRA (Autorización de devolución del cliente) a nuestro departamento de Administración de pedidos holandés. Comuníquese con ellos al número +49 (0) 8106 37979 000 o por correo electrónico a info@tsceu.com si tiene más preguntas o detalles.

ALCANZAR

Declaración de TSC sobre el cumplimiento de REACH

El TSC conoce el reglamento REACH y tomará todas las acciones necesarias para cumplir plenamente con sus requisitos, especialmente el Título VIII § 67 y el Anexo XVII.

Preinscripción / Registro

Los productos TSC no exhiben la liberación prevista de sustancias químicas (enumeradas en el anexo XVII *) en condiciones normales o razonablemente previsibles de su aplicación. De acuerdo con el reglamento REACH, NO habrá necesidad de registrar ninguna sustancia.

TSC se compromete a cumplir con todos los requisitos REACH aplicables y proporcionará a nuestros clientes información sobre las sustancias en nuestros productos según sea necesario. TSC también se dedica a la gestión de proveedores y les exige que cumplan con la normativa REACH.

Actualizaciones

El certificado REACH se actualizará cada vez que se agreguen nuevas SVHC; Pasarán dos meses a partir de la fecha en que se agreguen las nuevas SEP.

RoHS

Declaración de TSC sobre el cumplimiento de RoHS

TSC declara que sus productos y subcomponentes han sido diseñados y fabricados de acuerdo con las directivas europeas, la Directiva RoHS 2011/65 / EU y EU 2015/863 (la refundición de la Directiva sobre la restricción del uso de ciertas sustancias peligrosas). TSC se esforzará por garantizar que los productos cumplan con las regulaciones.

Directiva RoHS 2011/65 / UE y UE 2015/863

La Directiva de restricción de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos (RoHS) se modificó como “RoHS II”. La Directiva 2011/65 / UE se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 1 de julio de 2011. La nueva directiva sobre la restricción del uso de determinadas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos sustituye a la antigua Directiva 2002/95 / CE. Todos los estados miembros europeos deben implementar la nueva directiva por ley nacional antes del 2 de enero de 2013, y también implementar la nueva directiva ampliada UE 2015/863 a partir del 4 de junio de 2015.

Los elementos clave de RoHS II son los siguientes:

El anexo II define la concentración máxima tolerada de seis sustancias en materiales homogéneos. La disposición se aplica a: plomo, mercurio, cadmio, cromo hexavalente, bifenilos polibromados (PBB) y éteres difenílicos polibromados (PBDE), ftalato de bis (2-etilhexilo) (DEHP), ftalato de butilbencilo (BBP), ftalato de dibutilo (DBP) y ftalato de diisobutilo (DIBP).
Los fabricantes deben emitir una declaración UE de conformidad como se establece en el Anexo VI.

Se requiere una marca CE para todos los equipos eléctricos cubiertos por RoHS II.

Todos los estados miembros de la UE deben implementar la nueva directiva por ley nacional antes del 2 de enero de 2013.